DISPOSITIVO
En mérito de las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA dentro de este proceso incoado por la ciudadana KAREN GRACE MONTERO NAVARRO, en contra de las ciudadanas ZOE DEL CARMEN ARZUZA AVILA y WENDY XIOMARA ARZUZA AVILA, Venezolanas, mayores de edad, portadoras de la cedula de identidad Nros. 10.435.226, y 10.435.227, respectivamente, domiciliadas en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.
En virtud de la naturaleza del presente pronunciamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal hace constar que dicha decisión no genera condena por concepto de costas procesales.- PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.