Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes trascritos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la le Ley, declara: LA PERENCION en el PROCEDIMIENTO DE INTIMACION incoado por el CENTRAL BANCO UNIVERSAL en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL AGRICOLA ARAPUEY Y GERMAN ANTONIO DAO. ya identificados en actas.