DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas y los fundamentos antes transcritos, este Órgano Jurisdiccional en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Declara la Nulidad de todo lo actuado.
SEGUNDO: Repone la causa al estado que el Sujeto Activo de la Relación procesal sociedad mercantil BANCO MERCANTIL C.A., BANCO UNIVERSAL, suficientemente identificada en autos, reformule la acción propuesta y la tramita por el procedimiento ordinario agrario.