En consecuencia de lo anteriormente explanado, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara COMPETENTE en razón de la materia para conocer del presente juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS sigue el ciudadano ALFONSO PITA AYALA, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. E-81.758.211, domiciliado en el Municipio Jesús Enrique Lossada en contra de la sociedad mercantil SOCIEDAD MERCANTIL PROCESADORA INDUSTRIAL DE POLLOS, C.A (PINPOLLO), debidamente registrada por el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, quedando registrada con el Nro. 6, tomo 17.