Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara en el presente juicio de DECLARACIÓN DE DERECHO CONCUBINARIO seguido por NORAILY GARCIA contra ANNMARIE CAROLAN y MICHAEL FREDERICK FLORES MENDEZ:
1) SE NIEGA la Homologación al Convenimiento efectuado por el Abog. RAMON CELIS, apoderado judicial de la parte actora y por el Abog. ALFONSO LAREZ, apoderado judicial de la parte demandada, en escrito de fecha trece (13) de Agosto de 2010.
2) No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza de la presente decisión.