Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por ARNOLDO RAFAEL RAMONES MORENO en contra de la ciudadana MARIA ELIZABETH GUEVARA, ya identificados, y en consecuencia:
PRIMERA: Se mantiene vigente el vinculo conyugal contraído por las partes ante el Registro Civil de la Parroquia La Vega del Municipio Libertador del Distrito Capital, el día doce (12) de Junio de Mil Novecientos Ochenta y Cinco (1.985).-
SEGUNDA: Se condena en costas a la parte demandante por haber sido vencida en esta instancia, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-