Por todos los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Homologado el convenimiento celebrado por las partes en el juicio que por Cumplimiento de Contrato sigue la Empresa Mercantil ESCRITORIO JURIDICO INMOBILIARIA MERCA S.R.L., contra los ciudadanos IGNACIO SEGUNDO PEREIRA y REPARADA DEL CARMEN PEREZ DE PEREIRA, todos previamente identificados, pasándolo en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.