Por las razones dichas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CONVERTIDA EN DIVORCIO LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES QUE POR MUTUO CONSENTIMIENTO tienen convenida y fue declarada por éste Tribunal los ciudadanos JULIO CESAR AGUILAR NAVARRO y SEILY CHIQUINQUIRÁ LEE HUNG, ya identificados y que estos contrajeron, por ante la Prefectura de la parroquia Carmen Herrera del municipio Cabimas del estado Zulia, el día 23 de julio del año 2004.