Por los fundamentos expuestos, éste JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: FIRME EL DECRETO INTIMATORIO de fecha veintiséis (26) de Octubre del año dos mil veintiuno (2021), dictado en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) seguido por la ciudadana ARGENIS JESUS PORTELES GUTIERREZ en contra del ciudadano ELIAS ANTONIO YEDRA PEÑA, identificados en la parte narrativa de este fallo, se condena al demandado a pagar la suma de NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON OCHENTA Y OCHO DOLARES AMERICANOS ($9,928.88), monto del decreto intimatorio, como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: No hay nuevo pronunciamiento sobre costas, por cuanto el decreto declarado firme, ya lo consagra.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, incluso en el sitio Web del Tribunal.....