DISPOSITIVO
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudencial y doctrinarios ut supra referido, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRSCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por GRECIA BEATRIZ TRUJILLO DÍAZ en contra de JEAN CARLOS MENDOZA FIGUEROA, ya identificados en actas.
SEGUNDO: SE DISUELVE EL VINCULO CONYUGAL contraído por las partes por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Santa Rita, Municipio Santa Rita del Estado Zulia, en fecha dos (02) de Julio del año dos mil diez (2010).
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber sido vencida en esta instancia, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
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