Por los fundamentos y razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SU INCOMPETENCIA para conocer de la apelación interpuesta por la parte demandada ciudadano ROMULO ENRIQUE OLIVEROS, a través de su Apoderado Judicial abogado en ejercicio LUIS BASTIDAS; contra la sentencia definitiva dictada en fecha 13 de noviembre de 2009, por el Juzgado del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
2. DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, para que conozca de la apelación interpuesta por la parte demandada, para lo cual se ordena remitir las presentes actuaciones a los fines de conozca de la misma, una vez que quede.....