En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1.-) HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del procedimiento de Cobro de bolívares (Intimación), formulado por la Parte Actora ciudadana MARIA ESTHER SALAS, debidamente asistida por el abogado en ejercicio LUIS PAZ, y debidamente aceptado dicho desistimiento por la Apoderada Judicial de la parte demandada abogada en ejercicio NURIS AFRICANO PAZ, pasándolo en autoridad de cosa juzgada; en consecuencia:
a.-) Se suspende la medida preventiva de embargo, decretada en fecha 03 de junio de 2009, y ejecutada en fecha 17 de junio de 2009, por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, y se or.....