Por los fundamentos expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
LA REPOSICIÓN de la presente causa de Divorcio seguida por el ciudadano Esteban Cirilo Campos en contra de la ciudadana Blanca Magleni Carrillo Guanipa, ya identificados, al estado de que se cumpla con la publicación del Cartel de citación, conforme a la normativa vigente en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, quedando sin ningún efecto las actuaciones procedimentales posteriores al auto en el cual se ordena la citación por Carteles de la parte demandada, ciudadana Blanca Magleni Carrillo Guanipa, de cinco (05) de Agosto del 2011, en consecuencia, líbrense nuevos carteles de citación y publíquense en los diarios El Regional y La Verdad, con los intervalos de ley. Así se decide.
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