Por los fundamentos y razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
1.-) IMPROCEDENTE la Solicitud de Confesión Ficta realizada por la parte actora, y en consecuencia: INADMISIBLE la presente demanda de Cobro de Bolívares (Intimación), seguido por la Sociedad Mercantil M & P SUPPLY & SERVICES, C.A., contra la Sociedad Mercantil LODOS DE VENEZUELA, C.A., antes identificadas.
2.-) Se condena en costas a la parte actora, en virtud del dispositivo del presente fallo.