DECISION
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudencial y doctrinarios ut supra referido, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRSCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS incoada por el ciudadano HASAN AL ACHKAR ABOU ZIED, en contra de las ciudadanas ALFONSINA KARINA HERNANDEZ MEDINA, y ENELIA TERESA MEDINA LBRADOR, ya identificados.-
SEGUNDO: No se hace pronunciamiento sobre las costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.-
PUBLÍQUESE, y REGÍSTRESE, incluso en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, así como en la página www.zulia.scc.org.ve, deje copia por Secretaria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.....