Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
1.- CON LUGAR, la Oposición a la medida de embargo ejecutivo formulada por el Tercero GIUSEPPE MASCIO DI GREGORIO, y de la Sucesión que representa, en fecha Once (11) de Julio del 2006, en el juicio de Intimación de Honorarios Profesionales seguido por la ciudadana REBECA DEL GALLEGO DE MACHADO en contra de la ciudadana MARIA GABRIELA FADELLI DE TONON, plenamente identificados en actas.
2. SE REVOCA la medida de embargo ejecutivo practicada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Simón Bolívar, Lagunillas, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha Dos (02) de Mayo de 2.006. Remí.....