Por los fundamentos expuestos; este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1.-) Perimida la Instancia en el Juicio de ALIMENTOS seguido por la ciudadana YULIKA COROMOTO SOSA USECHE, contra el ciudadano JOSUE DAVID MATOS, antes identificados.-
2.-) Se ordena agregar a las actas el despacho de citación librado para el Juzgado del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, y ordenado remitir mediante oficio No. 36.318-292-11. Agréguese.-
3.-) No se hace pronunciamiento sobre las costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.