Por los fundamentos y razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. TERMINADO EL PROCEDIMIENTO DE DAÑO TEMIDO O DE OBRA VIEJA, propuesto por el ciudadano FRANKLIN ANTONIO ODUBER RODRIGUEZ, contra la ciudadana AURA JOSEFINA PUCHE PALENCIA, identificados en actas.
Se deja a salvo el derecho de las partes para acudir a la Instancia Ordinaria, conforme a lo señalado en el artículo 717 del Código de Procedimiento Civil.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del fallo.
ASI SE DECIDE.