Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
¿ CON LUGAR la acción que por DECLARACIÓN DE COMUNIDAD CONCUBINARIA intentada por la ciudadana CIRA AMELIA GUTIERREZ en contra de los ciudadanos EMEIDA DEL CARMEN PULIDO GUTIERREZ, OMAR DE JESUS PULIDO GUTIERREZ, LUIS ANGEL PULIDO GUTIERREZ, MARILYN MARGARITA PULIDO GUTIERREZ, JAIRO RAMON PULIDO GUTIERREZ, CARLOS ARTURO PULIDO GUTIERREZ, ANA AMELIA PULIDO GUTIERREZ y NESTOR DANIEL PULIDO GUTIERREZ, en su condición de herederos del de-cujus LUIS HORACIO PULIDO, ya identificados, en la parte narrativa de este fallo.
¿ Asimismo, se ordene librar Edicto de conformidad con lo establecido en el Articulo 507 del Código Civil, una vez que la presente decisión se encuentre debidamente ejecutoriada. Libre.....