En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Homologado el desistimiento del procedimiento suscrito por la parte demandante en el presente juicio que por NULIDAD DE VENTA siguen los ciudadanos ROSELIANO LOPEZ y VIDALINA AVILA DE LOPEZ en contra del ciudadano MARTE VILLALOBOS GONZALEZ, ya identificados, pasándolo en autoridad de cosa juzgada.