En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
HOMOLOGADA LA TRANSACCION celebrada por las partes, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (Intimación), seguido por YLDEMARO JOSE MARTINEZ en contra de INDUSTRIA NACIONAL DE ALIMENTOS, COMPAÑÍA ANONIMA (INA, C.A.) ya identificados, da su aprobación a la misma, pasándola en autoridad de cosa juzgada.-
Se ordena expedir la copia certificada solicitada con inclusión de la presente resolución.
No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación obedece a la propia voluntad de las partes.-