El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECRETA:
? Medida de Embargo Preventivo sobre el TREINTA POR CIENTO (30%) sobre el Sueldo o Salario, así como también sobre los conceptos de Bono Vacacional y Utilidades, para el presente año 2006, que percibe el demandado JOSÉ ALBERTO ROMERO OLIVARES, como trabajador al servicio de la empresa P.D.V.S.A. PETRÓLEO S.A., de conformidad con los artículos 137 y 139 del Código Civil, en concordancia con los artículos 748 y 749 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de garantizar dicha obligación alimentaria para la demandante, ciudadana LUINAN GABRIELA FERNÁNDEZ CHIRINOS, titular de la cédula de identidad No.10.600.086.
? Para la ejecución de la Medida de Embargo recaída sobre los anteriores conceptos, se INSTA a la parte actora, a los fin.....