En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA
Medida Preventiva de Embargo sobre el TREINTA POR CIENTO (30%) del Sueldo o Salario Integral, así como también sobre el TREINTA POR CIENTO (30%) del Bono Vacacional, Utilidades y Liquidas del presente año 2011, que le pueda corresponder al demandado, ciudadano CARLOS ENRIQUE BALZA HERNANDEZ, antes identificado, como trabajador al servicio de la Empresa P.D.V.S.A, las cantidades de dinero embargadas sobre el concepto Sueldo o Salario deberán ser entregadas mensual y directamente a la Demandante, ciudadana NEREYDA JOSEFINA SANCHEZ NARANJO, antes identificada, y las cantidades de dinero embargadas sobre los conceptos Bono Vacacional, Utilidades y Liquidas del presente año 2011, deberán ser.....