En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Homologado el desistimiento del procedimiento, suscrito por el abogado en ejercicio JULIO RAUL AÑEZ LEON, antes identificado, actuando como apoderado judicial de la parte demandante en el juicio de DIVORCIO que sigue contra del ciudadano JOSE RAMON ROMERO HERNANDEZ, ya identificados, pasándolo en autoridad de cosa juzgada.
¿ No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación obedece al propio desistimiento suscrito por la parte actora.