Por los fundamentos y razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR el Recurso de Hecho, interpuesto por el abogado en ejercicio Aldemaro Bastidas y consecuencialmente se ordena al Juzgado aquo oír la apelación interpuesta por el mencionado profesional del derecho en ambos efectos.-
Remítanse mediante oficio las actuaciones que conforman la presente solicitud al Jugado Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de esta Circunscripción Judicial, dejándose copia certificada para formar expediente en el archivo del tribunal.