Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: que son suficientes los derechos que tienen los ciudadanos NUBIA ISELA REYES GONZALEZ, NELSON DE JESUS REYES GONZALEZ, MARIANELA REYES DE FARIA, THAIS COROMOTO REYES GONZALEZ, ENDER RAFAEL REYES GONZALEZ, ALFREDO JOSE REYES GONZALEZ, ALCIBIADES BENITO REYES GONZALEZ, AURA ELENA ANTONIA REYES DE PETIT, CARLOS EDUARDO GONZALEZ, LORENA DEL CARMEN GONZALEZ DE SALAZAR y YOLANDA JOSEFINA VALERO GONZALEZ, antes identificados, como UNIVERSALES HEREDEROS DE LA CAUSANTE SARA JOSEFINA GONZALEZ CUETO. ASÍ SE DECLARA