Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
EXTINGUIDO EL PROCEDIMIENTO DE DIVORCIO seguido por el ciudadano JESUS ALBERTO LEAL QUINTERO, antes identificado, en contra de la ciudadana KARINA COROMOTO TERAN VILLARREAL, antes identificada; en consecuencia, se ordena el archivo del expediente, en la oportunidad correspondiente.