En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
En el juicio de ALIMENTOS seguido por la ciudadana ZULLY COROMOTO ROJAS en contra del ciudadano RAMÓN SEGUNDO URRIBARRI QUINTERO, ya identificados, medida de Embargo Preventivo sobre el:
1) TREINTA POR CIENTO (30%) sobre el Sueldo o Salario, que devenga el ciudadano RAMÓN SEGUNDO URRIBARRI QUINTERO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.714.716, quien se desempeña como trabajador al servicio de la empresa HOTEL RECREACIONAL LAS CUEVAS DEL HUMO, C.A., dichas cantidades de dinero deberán ser entregadas directamente a la demandante.
2) TREINTA POR CIENTO (30%) sobre el Bono Vacacional y Utilidades, correspondientes al presente año 2010, que devenga el ciudadano RAMÓN SEGUNDO URRIBARRI Q.....