Por los fundamentos expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) seguido por la sociedad mercantil INVERSIONES HM C.A. contra sociedad mercantil PG CONSTRUCCIONES C.A. DECLARA: FIRME EL DECRETO INTIMATORIO de fecha siete (07) de Noviembre del año 2.008, dictado en el presente juicio, se condena a la demandada a pagar la suma de CIENTO OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON 00/100 (Bs.F. 108.636,00), monto del decreto intimatorio, como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
No hay nuevo pronunciamiento sobre costas, por cuanto el decreto declarado firme, ya lo consagra.