Por los fundamentos y razonamiento antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trànsito de la Circunscripciòn Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SIN LUGAR LA APELACION, interpuesta por el abogado Sergio Pulgar Acosta, apoderado judicial de la parte actora ciudadano Oswaldo Ramon Nava Caldera, contra la sentencia definitiva dictada en fecha dieciseis (16) de abril del año 2004, por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
2. CONFIRMADA, la sentencia dictada por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha dieciseis (16) de abril del año 2004, en la cual se declara Sin Lugar la acciòn propuesta en el presente juicio de Daños y Perjuicios (trànsito), segu.....