Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
• CON LUGAR la acción que por DECLARACIÓN CONCUBINARIA ha incoado EDELFINA RAMONA CARDOZO PAREDES en contra de RANDY JOSE DELGADO CARDOZO y los sucesores desconocidos del de-cujus ROBINSON ANTONIO DELGADO COLINA, antes identificados, en la parte narrativa de este fallo.
• No hay condenatoria en costas, en virtud de la decisión del presente fallo.
Publíquese, regístrese y notifíquese.