Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PERIMIDA LA INSTANCIA, en el juicio que por INTERDICTO DE AMPARO A LA POSESION, intentó el demandante ciudadana MARIA CONCEPCION SOTO SOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 4.522.984, en contra del ciudadano REGINO BARBOZA, no identificado en el libelo de demanda, por los fundamentos ut supra señalados.