Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 269 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar:
PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA, y por consiguiente EXTINGUIDO el presente proceso de DIVORCIO ORDINARIO, intentado por el ciudadano OSCAR ENRIQUE BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.108.418, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra de la ciudadana MARITZA RODRIGUEZ MORON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.640.041.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS Y COSTOS PROCESALES, de conformidad con la normativa estatuida por el legislador venezolano en el artículo 283 del vigente Código de Proc.....