Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por DAÑOS Y PERJUICIOS propusiere la ciudadana YARITZA TIBISAY SANCHEZ, venezolana, casada, mayor de edad, identificada con cédula personal No.7.892.068 y domiciliada en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia en contra de los ciudadanos LUÍS ENRIQUE PINEDA LEÓN, ROBERTO ANDRÉS PINEDA LEÓN, ROMÁN ANTONIO PINEDA LEÓN Y DAVID EUGENIO PINEDA BELLOSO venezolanos, mayores de edad, identificados con cédula personal Nos. 14.370.139, 14.370.140, 9.782.793 y 1.082.117, respectivamente, y domiciliados en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, con fundamente en los artículos 1.185 y 1.196 del Código Civil, en consecuencia:
1. CON LUGAR la pretensión de.....