este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara a los ciudadanos CARMEN CRISTINA URRIBARRI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.752.801 en su condición de esposa, y a los ciudadanos JUAN CARLOS, JOSE LUIS, ANDRES ELOY, CARMEN TERESA, NESTOR LUIS, CRISTINA CATALINA, RUBEN DARIO, CAROLINA LUCIA y CARLOS ANDRES BAPTISTA URRIBARRI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.- 4.992.003, 5.166.989, 9.113.511, 7.890.309, 7.890.310, 8.507.859, 8.507.860, 11.284.707 y 12.697.461, en su condición de hijos, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano JUAN SEGUNDO BAPTISTA VILLASMIL, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. 102.241, fallecido ab-inte.....