Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL intentada por la ciudadana COBERLYS COROMOTO MEDINA BARÓN, ya identificado en actas, en contra deL ciudadano ALONSO GERALDO BOSCÁN LUENGO, también identificado; en consecuencia, una vez quede definitivamente firme la presente decisión, quedan emplazadas las partes para el décimo (10°) día de despacho siguiente, a las diez de la mañana (10:00 AM.), a los fines de llevar a cabo el nombramiento del partidor correspondiente a la división de los siguientes bienes: 1) Un inmueble constituido por un apartamento ubicado en el conjunto residencial "La Cañonera", Edificio N° 2, Torre B, apartamento 2C, ubicado en la calle 101, entre.....