Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
a) PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente Procedimiento de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, introducido por la Ciudadana, CANDELARIA RAMONA BAPTISTA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-7.890.436, contra el ciudadano JOSE LUIS BAPTISTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-15.294.000.
b) No hay costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.