Por los argumentos antes expuesto, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara: INCOMPETENTE para conocer del presente RECURSO DE HECHO interpuesto por el ciudadano Alan Álvarez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.743.739, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 17.583, de este domicilio, actuando en su propio nombre, contra la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia en fecha cinco (05) de febrero de 2015, que negara el recurso de apelación anunciado contra la resolución dictada en fecha nueve (09) de noviembre de 2014.
Se ordena remitir a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del esta.....