DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este juzgado cuarto de primera instancia en lo civil , mercantil y de transito de la circunscripción judicial del estado Zulia , administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ,DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda con motivo de acción reivindicatoria con daños y perjuicios, intentaron los abogados en ejercicio MAIDE COROMOTO GIL RONDON Y GUSTAVO JOSE CANTOR MORALES, venezolanos, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-.10.425.964 y V-.6.831.324 e inscritos por ante el instituto de previsión social del abogado (Inpreabogado) bajo los Nros.82.672 y 46.487, domiciliados en la ciudad de Maracaibo, estado Zulia, actuando en nombre y representación de la ciudadana ROSA CONTRERAS DE TROCONIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-.9.712.585, en contra de la ciudadana IDA FABIOLA ALVARADO GONZALES, venezolana, mayor de edad, titula.....