Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda que por nulidad de venta intentaron los ciudadanos GUSTAVO JUNIOR, NOEMÍ, GINETTE, GABRIELA GÓMEZ MORALES y ESPERANZA GÓMEZ ORTIZ, en contra de las ciudadanas MAGALLYS INÉS, MILAGROS COROMOTO, GISELA SIXTINA y MORAIMA DEL CARMEN GÓMEZ MORALES, en consecuencia se declaran nulas las siguientes ventas:
1. Contrato suscrito por la ciudadana MAGALLYS INÉS GÓMEZ MORALES, actuando como Presidente de de la INMOBILIARIA GÓMEZ & MORALES y la ciudadana GISELA SIXTINA GÓMEZ DE CABALLERO, protocolizado ante el Registro Inmobiliario del Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha nueve (9) de mayo del año 2005, anotado bajo el N° 14, protocolo 1°, tomo 10°, de los libros respectivos.
2. Contrato su.....