En consecuencia, se decreta MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, sobre los bienes muebles propiedad de la demandada Sociedad Mercantil REFRINDUSTRIAL BERMUDEZ, C.A. (REFRINBERCA), inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 31 de Julio de 1.991, bajo el No. 33, Tomo 10-A, respectivamente; hasta cubrir la cantidad de TREINTA Y CINCO MILLONES VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 35.020.000,00), expresado en bolívares fuerte en la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL VEINTE BOLIVARES FUERTE (Bs. F. 35.020,00), que es el doble de la suma reclamada, más los honorarios profesionales y las costas prudenciales del proceso. Asimismo si la medida recayera sobre cantidades de dinero será hasta cubrir la cantidad de DIECINUEVE MILLONES CIENTO TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 19.135.000,00), expresado en bolívares fuerte en la cantidad de DIECINUEVE MIL CIENTO TREINTA Y CINCO BOLIVARES FUERTE (Bs. F. 19.135,00), que es la suma total de la cantidad que se in.....