En consecuencia, ordena la rectificación del acta de NACIMIENTO, signada con el No. 10, de fecha 09 de Enero de 1975, en el sentido siguiente: Donde se lee: PASQUALES LIOY MINERTIELLO, natural de la República de Italia DEBE LEERSE: PASQUALE LIOY MINUTIELLO, natural de PROVINCIA DI POTENZA, MUNICIPIO DI VENOSA, ITALIA (verdadero nombre, segundo apellido y sector de donde es natural el progenitor de la solicitante), quedando así corregido el error cometido en el acta de NACIMIENTO tantas veces mencionada. Particípese del presente fallo a la Primera Autoridad Civil del Municipio Libertad, Distrito Perijá del Estado Zulia y al Registrador Principal del Estado Zulia, a los fines de que estampen la nota marginal correspondiente. ASI SE DECLARA.
No hay condena en costas debido a la naturaleza de la acción propuesta.
Déjese por Secretaría copia certificada del presente fallo.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Inst.....