En fuerza de los argumentos esgrimidos y del análisis minucioso de las actas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de la Potestad Jurisdiccional atribuidas por el artículo 228 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara NULA y sin efecto alguno las citaciones practicadas en la presente causa que por REIVINDICACIÓN fue interpuesta por la ciudadana AMAEILIS DE JESÚS OSORIO, contra los ciudadanos JAVIER ARRIETA GARCIA y MAYORIS NAVA. En consecuencia, se ordena citar nuevamente a los demandados JAVIER ARRIETA GARCIA y MAYORIS NAVA, plenamente identificados en actas. ASI SE DECIDE.-
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los veintitrés (23) días del mes de febrero de 2017. .....