En merito de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda principal, signado con el N° 1-2, ubicado en el Piso N° 1, de la Torre Cumana, del Conjunto Residencial Torres del Saladillo, situado entre las calles 93 (Avenida Padilla), y 95, con Avenidas 14 y 12, cédula catastral N° 07-474, en Jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el cual tiene una superficie aproximada de NOVENTA METROS CUADRADOS (90 Mts.²), y consta de las siguientes dependencias: sala-comedor, cocina-lavadero, dos baños, tres dormitorios, aire acondicionado y una terraza, comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: en línea quebrada de siete metros con treinta y ocho centímetros (7,38 Mts.), y linda con pasillo de circul.....