este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO JUDICIAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: la HOMOLOGACIÓN de la TRANSACCIÓN efectuada por los ciudadanos DAVIANA CALDERON SALAZAR y JESUS UZCATEGUI RODRIGUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos.69.520 y 48.088 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandante ciudadano ORLANDO JOSE SALAS COROBO, venezolano, mayor de edad, ingeniero civil, titular de la cédula de identidad No.12.330.142 y de este domicilio, y por la otra el ciudadano ALEJANDRO MENDEZ CALDERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.7.249, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil DESARROLLOS CRISTAL COMPAÑÍA ANONIMA, empresa inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, el día 18 de Agosto de 2003, .....