ÚNICO: MEDIDA PROVISIONAL DE EMBARGO sobre bienes muebles propiedad del grupo económico constituido por las sociedades mercantiles FARMACIA DR. PORTILLO C.A. y FARMACIA URBANIZACION COROMOTO C.A., que cubran el doble del monto del decreto intimatorio proferido por este Juzgado que constituye la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS DÓLARES AMERICANOS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS (USD. 37.422,92) más las costas procesales estimadas en un diez por ciento (10%) del decreto intimatorio, lo cual asciende a la cantidad total de TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO DÓLARES AMERICANOS CON SEIS CENTAVOS (USD. 39.294,06), que al cambio en bolívares según tasa oficial de la presente fecha constituye la cantidad de UN MILLÓN DIECISIETE MIL SETECIENTOS DIECISEIS BOLÍVARES CON QUINCE CÉNTIMOS (Bs. 1.017.716,15), y en caso de recaer dicho embargo en cantidades de dinero, el mismo deberá practicarse hasta cubrir el monto del decreto intimatorio, que constituye la cantidad .....