En fuerza de los argumentos precedentemente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de la Potestad Jurisdiccional atribuida por el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA la instancia que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, DAÑOS Y PERJUICIOS, interpuesta por la MARÍA CLAUDIA MICCIO ÁLVAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No.10.433.128 y de este domicilio, en contra del ciudadano ZIAD MOHANAMED ABD-EL KADER HANAFI, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No.13.082.240 y la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA VENEAMERICANA C.A, a tenor de lo preceptuado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se DECLARA LA EXTINCIÓN del proceso. ASI SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas, por .....