este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de las Potestades Jurisdiccionales atribuidas por el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDO el presente juicio que por DAÑO MORAL, incoare la ciudadana MIRIAM DEL CARMEN URDANETA URDANETA, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V- 5.062.966 y domiciliada en el Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, en contra de los ciudadanos PEDRO ANTONIO LÓPEZ CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.764.608, domiciliado en la ciudad y Municipio autónomo Maracaibo del estado Zulia, sociedad mercantil BLINDADOS DEL ZULIA OCCIDENTE, C.A., BLINZOCA, con domicilio en la ciudad de Maracaibo del estado Zulia, representada por el ciudadano GUSTAVO GUARIGUATA URBANO, venezolano, mayo.....