En consecuencia este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y conforme con lo establecido en el Artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De-cujus ciudadano ANGEL DE JESUS ORTEGA FERNANDEZ a su esposa LEDYS JOSEFINA CASTILLO DE ORETEGA y a sus hijos ARQUIMEDES DANILO ORTEGA CASTILLO, MELIXA VERONICA ORTEGA CASTILLO, ALEXIS DAVID ORTEGA CASTILLO y ANGEL DE JESUS ORTEGA TORRES, plenamente identificados anteriormente.- ASI SE DECLARA.- SE DEJA A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse los originales con sus resultas dejándola previamente certificada en actas. Asimismo se ordena expedir las cuatro (4) copias certificada adicional solicitada.- ASI SE DECLARA.-
LA JUEZ
.....