Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, declara IMPROCEDENTE LA PRESENTE DEMANDA que por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL propusiere el ciudadano MARCIAL ANTONIO TOVAR GEIZZELEZ, venezolano, mayor de edad, comerciante, portador de la cédula de identidad No. 1.656.964 y domiciliado en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, asistido por la abogada en ejercicio DAYSI GRANADOS GONZÁLEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 40.963, en contra de la ciudadana ÁNGELA AURORA BOZO ROMERO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº 5.047.143, domiciliada en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.
No hay condenatoria en costas en virtud a la naturaleza del presente fallo.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y NOTIFIQUESE.
Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de acuerdo con lo establecido.....